martes, 11 de junio de 2013

INSTITUCIONALES



Tremendo enfrentamiento judicial.
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) choca de frente con Pro Consumidor: mediante sentencia le quita la facultad de poner multas a los que violen los derechos del consumidor.

o  Hasta antes de esta sentencia, Pro Consumidor había multado a muchas empresas por violación a los derechos del consumidor.

o  Otros por evitar que los multaran llegaban a acuerdos conciliatorios con los afectados.

o  Y todo eso servía de fortaleza y protección a nosotros los consumidores.

o  Pero con la sentencia de ese Tribunal de prohibir a Pro Consumidor poner multas a los violadores, nosotros los consumidores quedamos desprotegidos, pues las quejas de los querellantes irían a parar a los tribunales ordinarios de una justicia que parece más corrupta que justa, en donde suelen ponerles las cosas  difíciles a la gente, lo que haría que muchos dejen de reclamar sus derechos.

o  Pero no todo está perdido.

o  Y la buena noticia es que según: Altagracia Paulino, Pro Consumidor si tiene facultad de multar, que es una especie de Tribunal en contra de los violadores de los derechos del consumidor.

o  Que la ley General de Protección a los Derechos del Consumidor o usuarios 358 – 05 le da esa potestad.

o  Por eso ella, Altagracia Paulino, decidió apelar esa sentencia.

o  Es decir, acudir a otro Tribunal de la Suprema Corte de Justicia para que eche para atrás dicho fallo.

o  Todo este conflicto ha venido porque Pro Consumidor multó a Propagas con una multa equivalente a 100 salarios mínimos, por haber cometido violaciones en contra del consumidor.

o  Propagas en vez de pagar la multa acudió al Tribunal Superior Administrativo que es presidido por la Jueza Delfina de León Salazar.

o  Y ese Tribunal emitió la sentencia que ya conocemos.

Observación:

Si quieren, lo pueden escribir: este pleito lo ganará Pro Consumidor, es decir, ella volverá a poder multar.

Centro Ferretero Ferreira:
Máximo Cabral # 39.

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Se cayó el caso judicial de Bahía de las águilas.

La jueza Gisel Méndez Álvarez declaró extingida la accionar penal seguida al ex director del instituto Agrario Dominicano, Jaime Rodríguez Guzmán (fallecido), su hermano Rafael y su esposa Reyna Margarita Martínez, por considerar que el Ministerio Público dejó vencer el plazo que terminó el 16 de agosto de 2010.

Para poner en contexto este caso debemos comunicarles amigos (as) lectores (as) que esta lítis judicial se produjo porque el señor Jaime Rodríguez, en su condición de director del IAD, durante uno de los gobiernos de Balaguer, destribuyó terrenos de Bahía de las Águilas (tierras protegidas ecológicamente hablando) a personas como supuestos parceleros cuando en realidad los terrenos no tenían vocación agrícola sino turística.

Esa acción fue considerada como una estafa al Estado, por lo que el mismo el Gobierno se querelló ante la justicia y ahí nació la acción penal contra el señor Jaime Rodríguez y demás implicados en este caso.

Pero lamentablemente el Ministerio Público al parecer no trató este caso con todo el rigor necesario al punto de que dejó vencer el plazo de tiempo en que debía darse  para determinar una sentencia, ya sea condenando o descargan


Observación:

El periodista y abogado Orión Mejía, expresó en su  programa televisivo A Raja Tabla, que la Jueza al archivar ese caso estaba defendiendor el derecho de los acusados, pero  perjudicando el derecho del pueblo dominicano en general, por lo que él considera que ante esa disyuntiva debió inclinarse por impedir que se violara el derecho de todo el pueblo dominicano y no a defender el derecho de un grupito que de por si paarece hicieron daño a toda la nación.

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